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20 de Marzo de 2024

Litio: la Corte de Justicia de Catamarca hizo lugar a un amparo ambiental de las comunidades del Salar del Hombre Muerto



La Corte de Justicia de Catamarca emitió el pasado 13 de marzo un fallo en función de un amparo ambiental presentado en 2021 por Román Guitián, cacique de la comunidad originaria Atacameños del Altiplano.

En la presentación, Guitián pide que se revoquen todas las autorizaciones otorgadas a las empresas mineras de litio que actúan en el Salar del Hombre Muerto, para realizar obras en el Río Los Patos y usar su agua.

Por Pablo López y Pedro Saracho - Prensa Obrera

El cacique señala que esos permisos fueron otorgados sin la realización de audiencia pública y con el desconocimiento total por parte de la comunidad y violando toda una serie de normativas, tanto aquellas que protegen los derechos de las comunidades originarias como las que tienen que ver con el ambiente. Denuncia, además, que se otorgaron autorizaciones para realizar obras, como un acueducto por ejemplo, sin tener estudios hidrológicos completos y sin un estudio de los impactos ambientales acumulativos que tendría el uso del agua del río por parte de distintos proyectos mineros que explotan o exploran litio.

Las dos empresas a las que le fueron otorgados permisos en el Río Los Patos son Livent, que explota litio desde el año 97, y Galaxy Lithium, cuyos proyectos hoy están en manos de Arcadium Lithium producto de la fusión de Livent y Allkem. Pero hay tres empresas más que hicieron pedidos de permisos para la extracción de agua del río.

Existe además el antecedente de la Vega del Río Trapiche, que se secó como consecuencia del uso del agua por parte de Livent.

En la presentación se denuncia también que el Estado provincial sigue negando el derecho al acceso a la información pública ambiental a las comunidades.

El fallo, sus alcances y limites

En primer lugar la Corte se declara competente para intervenir en el caso, luego de que hubiera varias idas y vueltas en el tema en distintos estrados judiciales, y luego declara procedente la acción de amparo ambiental presentada.

El fallo hace lugar parcialmente a lo solicitado en el amparo presentado por Guitián. En ese sentido, le ordena al Ministerio de Minería realizar un estudio de impacto ambiental acumulativo e integral del desarrollo de la actividad minera (litio), que deberá versar sobre el impacto ambiental acumulado “sobre el Río Los Patos-Salar del Hombre Muerto-Dpto-en el departamento de Antofagasta de la Sierra; sobre el paisaje, la fauna y flora del lugar, el clima y el ambiente en general, como las condiciones de vida de los habitantes del lugar y de la comunidad indígena afectadas” (textual del fallo). Asimismo, ordena que se garantice el derecho a la información y a la participación de la comunidad originaria y a los habitantes de Antofagasta de la Sierra. Por último, establece que el gobierno provincial, a través de los organismos correspondientes, debe abstenerse de otorgar nuevos permisos, autorizaciones y declaraciones de impacto ambiental con respecto a obras o actividades sobre el río Los Patos hasta tanto esté presentado el estudio de impacto integral.

El principal límite del fallo es que suspende nuevas autorizaciones dejando en pie todas las que están vigentes, por lo que las obras siguen su marcha y podrían estar produciendo un daño que sea irreparable. Esto fue considerado por uno de los ministros de Corte que votó en disidencia planteando la suspensión de los permisos que están vigentes, en función del principio precautorio que establece la legislación ambiental.

El otro límite es que plantea que el estudio de impacto se enfoque solo en el Río Los Patos y no sobre la totalidad del Salar donde hay siete proyectos litíferos en distintos grados de avance. Si bien la presentación de Guitián hacía eje en el río, la Corte pudo haber ampliado el alcance del estudio.

La respuesta ridícula de Jalil

Conocido el fallo, el gobernador se reunió de manera inmediata con representantes del sindicato Aoma y de la Cámara de Proveedores Mineros para a través de ellos llevar tranquilidad a las empresas mineras, las que en sus propios comunicados señalan que no se ven afectadas en los permisos que ya han obtenido.

Por otro lado, dijo en un comunicado que la Corte no solicitó estudios ambientales que ya existen y menciona uno en particular realizado por el Consejo Federal de Inversiones. Primero, la Corte es muy clara en que los estudios presentados por las empresas solo refieren a los impactos de sus proyectos de manera individual. Segundo, el estudio del CFI al cual refiere es un estudio hidrogeológico de la cuenca del Río Los Patos, que incluso es preliminar, que no tiene nada que ver con un estudio de impacto ambiental.

En medio de todo esto, El Ancasti informó que Arcadium anunció una serie de despidos que no tendrían que ver con el fallo sino con la caída del precio del litio y los anuncios de reducción que hizo la empresa para todas sus plantas instaladas en distintos países. Vamos a ver si la preocupación de Aoma por lo que puede implicar laboralmente el fallo se constata con un plan de lucha contra estos despidos.

Los límites del fallo que hemos señalado hacen que no podamos considerarlo un triunfo, pero sí podría considerarse un importante paso hacia adelante, sobre todo de quienes vienen luchando hace tiempo contra la explotación de litio en el Salar. Primero porque fue admitida la presentación y hubo una resolución. Segundo porque en dicha resolución se obliga al Estado a garantizar la participación de las comunidades y de la población en general de la zona y porque el estudio de impacto ambiental integral es importante no solo para este caso sino para otros lugares donde haya más de un proyecto en un mismo salar, por ejemplo. Puede ser un gran impulso para seguir luchando y que se frenen los proyectos en vigencia antes que pueda ocurrir un daño importante.

Fuente:
https://prensaobrera.com/ambiente/litio-la-corte-de-justicia-de-hizo-lugar-a-un-amparo-ambiental-de-las-comunidades-del-salar-del-hombre-muerto

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